Durante años, el maltrato animal en México fue visto como un problema menor, sin consecuencias legales reales. Pero en los últimos años, algo ha cambiado. La ley ha comenzado a reconocer que los animales no son cosas: son seres sintientes.
La gran reforma constitucional de 2024
El 2 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma histórica: los artículos 3º, 4º y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fueron modificados para prohibir el maltrato animal.
¿Qué implica esta reforma?
Artículo 3º: Se incorpora la educación en bienestar animal como parte de la formación ética y ciudadana.
Artículo 4º: Reconoce a los animales como seres sintientes, con derecho a un trato digno. Y prohibe el maltrato animal.
Artículo 73: Faculta al Congreso para legislar en materia de protección animal a nivel nacional.
Por primera vez, el maltrato animal deja de ser solo un tema local o administrativo. Se convierte en un asunto constitucional.
¿Qué dice la Suprema Corte?
En enero de 2025, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó que las leyes que sancionan el maltrato animal son constitucionales, incluso cuando se aplican en contextos religiosos o culturales.
Esto significa que:
No se puede justificar el sufrimiento animal por tradición o ritual.
Las leyes locales que prohíben actos crueles tienen respaldo federal.
Se refuerza la protección jurídica de animales domésticos y silvestres.
Leyes estatales:
Aunque la reforma constitucional marca un avance, la protección animal sigue dependiendo de las leyes estatales, que varían mucho entre sí.
Ejemplos:
CDMX: Reconoce a los animales como seres sintientes desde 2017. Tiene protocolos de denuncia y sanciones penales.
Jalisco: Penaliza el maltrato con hasta 4 años de prisión.
Estado de México: Tiene leyes administrativas, pero la aplicación es limitada.
Oaxaca y Chiapas: Aún enfrentan vacíos legales y baja denuncia.
Es decir, no hay una ley nacional unificada. La protección depende del lugar donde ocurre el maltrato.
¿Qué sanciones existen?
Las sanciones varían según el estado y el tipo de maltrato:
Multas económicas: desde $500 hasta $50,000 pesos.
Prisión: de 6 meses a 6 años, dependiendo de la gravedad.
Inhabilitación: para ejercer actividades con animales (veterinarios, criadores, etc.).
Rescate y resguardo: en algunos casos, el animal puede ser retirado del agresor.
Sin embargo, muchas denuncias no prosperan por falta de pruebas, omisión de autoridades o miedo del denunciante.
¿Cómo denunciar?
En la mayoría de los estados puedes denunciar:
En Ministerios Públicos.
A través de líneas ciudadanas (como el Consejo Ciudadano en CDMX).
En Protección Civil, Centros de Control Animal o Fiscalías Ambientales.
Recomendaciones:
Documenta con fotos, videos y testigos.
Describe el lugar, fecha y tipo de maltrato.
Insiste en que se levante un acta formal.
Si bien, la ley ha comenzado a reconocer lo que la ética ya sabía: los animales merecen respeto, protección y justicia. Pero el camino legal aún es largo. La reforma constitucional es un paso, pero necesitamos que cada estado, cada autoridad y cada ciudadano lo unifique.

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